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¿hablamos?

Establecen principios con carácter vinculante aplicados a Ley 24041

  • Teobaldo Enrique Melendez Ravelo
  • agosto 18, 2026

SENTENCIA CASATORIA MOTIVACIÓN EN SERIE N.° 06-2026-3SDCST

1. Objeto de la Casación

La Sala Suprema se pronuncia sobre once recursos de casación interpuestos por diversas entidades públicas (municipalidades y gobiernos regionales) contra sentencias de vista que, en su mayoría, habían ordenado la reposición de trabajadores bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 276, aplicando la Ley N.° 24041.

2. Principios Jurisprudenciales Vinculantes

1° La norma del artículo primero de la Ley N.° 24041 contiene protección contra el despido.
2° La protección contra el despido prevista en el artículo primero de la Ley N.° 24041, se encuentra dirigida a los servidores públicos contratados que se rigen por lo previsto en el Decreto Legislativo N.° 276.
3° El artículo primero de la Ley N.° 24041 no contiene texto, disposición ni contempla norma sobre desnaturalización de contrato alguno.
4° El artículo primero de la Ley N.° 24041 no regula ni autoriza el ingreso a la carrera ni al empleo público, sea como nombrado, contratado temporal, permanente ni indeterminado.
5° El artículo primero de la Ley N.° 24041 no resulta aplicable a otras contrataciones laborales y civiles distintas a las reguladas por el Decreto Legislativo N.° 276 y su reglamento.

3. Consideraciones Jurídicas Clave

  • Interpretación restrictiva: La Corte subraya que los jueces no pueden, mediante interpretación, crear normas ni extender los beneficios de la Ley N.° 24041 a trabajadores que no están dentro del ámbito del Decreto Legislativo N.° 276 (por ejemplo, locadores de servicios o trabajadores temporales excluidos por el artículo 2 de la misma ley).

  • El mérito como regla: Se enfatiza que el ingreso a la carrera pública requiere obligatoriamente de un concurso público de méritos, conforme al artículo 40 de la Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (Precedente Huatuco).

  • Errores detectados en instancias inferiores: La Corte advierte que, al aplicar la Ley N.° 24041 para reconocer derechos de «trabajador permanente» o «indeterminado» en casos donde no correspondía, los jueces de instancia han incurrido en aplicación indebida e interpretación errónea de la norma.

4. Conclusión Práctica

Esta sentencia marca un hito al limitar severamente el uso de la Ley N.° 24041 como «puerta trasera» para el acceso a la carrera pública. La protección que brinda la ley es estrictamente contra el despido (cese o destitución sin debido procedimiento administrativo) y solo para quienes ya se encuentran dentro del régimen del Decreto Legislativo N.° 276, cumpliendo los requisitos de labores permanentes y más de un año de servicio.

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