La presidenta Dina Boluarte presentó acciones legales contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ( Reniec ) en el año 2020, entidad donde desempeñó funciones entre los años 2007 y 2015 . La mandataria pidió una suma cercana al medio millón de soles , 428 mil soles,correspondiente a diversos conceptos laborales como bonificaciones, uniformes y canastas navideñas.
Los informes judiciales detallan los pagos que el Reniec está obligado a realizar a Boluarte, entre los cuales se incluyen 178,409 soles por gratificaciones, vacaciones y escolaridad, así como una compensación por tiempo de servicio de 40,100 soles, correspondiente al periodo comprendido entre noviembre de 2015 y febrero de 2020 . Además, se le ordena al Reniec el pago de 60,432 soles por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), y 84,151 soles por beneficios sindicales, a pesar de que Boluarte no tenía un rol sindical formal.
La primera sentencia, que ordenaba estos pagos, fue apelada por el Reniec. Sin embargo, el Poder Judicial volvió a fallar a favor de la presidenta de la República en una segunda instancia, ordenando un pago de 239,674 soles . Este último fallo también fue objeto de apelación por parte del Reniec, prolongando el proceso legal.
Aunque la denuncia fue interpuesta en 2020, la mandataria comenzó a ver avances en su caso a partir de 2022. A pesar de que el caso se encontraba en casación, Boluarte solicitó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil un cronograma de pagos desde septiembre de 2023, cansada de esperar una resolución definitiva.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRIMERA SALA LABORAL PERMANENTE DE LIMA Exp. N° 09602-2020-0-1801-JR-LA-06
SEÑORES YRIVARREN FALLAQUE RUNZER CARRION BURGOS ZAVALETA
RESOLUCIÓN N° 05 Lima, 26 de mayo del 2022
VISTOS En Audiencia Pública de Oralidad del 19 de mayo de 2022, interviene como Juez Superior ponente el Señor José Martín Burgos Zavaleta.
ASUNTO Viene en revisión la Sentencia N° 405-2021 de fecha 30 de diciembre de 2021, obrante en autos que:
i) DECLARA CARENTE DE OBJETO emitir pronunciamiento sobre las excepciones de incompetencia por razón de la materia y falta de agotamiento de la vía administrativa, al haberse desistido de las mismas, la demandada.
ii) DECLARA FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA contra el REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL – RENIEC, sobre desnaturalización de contratos y pago de beneficios económicos; en consecuencia: Declaro DESNATURALIZADOS los contratos suscritos entre las partes en el periodo 07 de marzo de 2007 al 30 de junio de 2008, e INEFICACES los contratos administrativos de servicios celebrados entre las partes desde el 01 de julio de 2008 en adelante, declarando la existencia de una relación laboral a plazo indeterminado desde el 07 de marzo de 2007 en adelante.
iii) ORDENA que la demandada pague a la parte demandante la suma de S/. 140.390.00 (CIENTO CUARENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES) por concepto de gratificaciones, vacaciones no gozadas e indemnización vacacional y bonificación por escolaridad, más intereses legales laborales que se liquidarán en ejecución de sentencia.
[Continúa…]